Deberes y derechos del asegurado

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Como asegurado, tiene derecho a:

  • Acceda a información precisa, oportuna, clara y completa sobre las condiciones que rigen el seguro que compra. La información debe incluir el contexto necesario que permita conocer y evaluar los aspectos y características fundamentales del servicio ofrecido.
  • Solicite una copia de la póliza.
  • Si tiene alguna queja o desea presentar una queja sobre la actuación de un inspector, puede dirigir una queja por escrito a su oficina, que se compromete a procesar y responder por escrito a las quejas que reciba en un plazo máximo de 20 días hábiles. desde la recepción.
  • Contrata y elige el seguro que más se adapte a tus necesidades e intereses, para que obtengas la protección adecuada que necesitas gracias a un contrato específico.
  • Elija libre y voluntariamente la aseguradora que asumirá la cobertura del seguro, así como el corredor o corredor de seguros que le asesorará durante la suscripción y durante su duración.

En caso de reclamación o de siniestro, tiene derecho a:

  • Liquidación de la reclamación.
  • Pregunte y obtenga respuestas a sus preguntas y quejas.
  • Ejercer las respectivas acciones legales previstas en la póliza. La mayoría de las pólizas prevén la intervención de un árbitro, que puede ser designado de común acuerdo entre las partes o, en su defecto, por el juez ordinario.

La Comisión de Mercados Financieros (CMF), por ley, puede actuar como árbitro en casos calificados, siempre que el monto requerido no exceda las 120 UF, o 500 UF para el seguro obligatorio.

  • Pago de la indemnización en caso de reclamación cubierta por la póliza.

Como asegurado, tienes las siguientes funciones:

  • Infórmese responsablemente y lea los documentos presentados para la compra del seguro, para comprender el contenido y características de los servicios ofrecidos.
  • Conserve los artículos dañados y tome todas las medidas necesarias para salvar o recuperar el artículo asegurado o preservar sus restos.
  • Informar o declarar el siniestro, indicando las causas, consecuencias y demás hechos que permitan al Asegurador valorar correctamente el siniestro. El siniestro deberá ser comunicado al asegurador dentro del plazo previsto en la póliza, que varía según los diferentes tipos de seguros de que se trate.
  • Proporcionar al asegurador o liquidador toda la información básica necesaria.
  • Informar o declarar honestamente los riesgos que desea asegurar, a fin de que el Asegurador pueda identificar el objeto asegurado y evaluar el alcance de los riesgos que asumirá.
  • Preste atención a los bienes asegurados y evite la ocurrencia del accidente.
  • No agrave ni amplíe los riesgos asegurados.
  • Pagar la prima del seguro, en la forma y por el plazo acordado con la Aseguradora. El incumplimiento de esta obligación puede liberar al asegurador de la obligación de indemnizar el daño, de acuerdo con las condiciones de la póliza respectiva.

Recuerde que el incumplimiento de sus obligaciones como asegurado puede resultar en el rechazo del pago de la indemnización o la terminación anticipada del contrato de seguro.

En caso de siniestro, en determinados casos se exige el cumplimiento de determinados trámites o trámites obligatorios, que dependerán del tipo de seguro estipulado. Estos son, por ejemplo, los siguientes:

  • Informe del médico tratante sobre seguro médico o de vida, etc.
  • En caso de siniestro, es recomendable revisar las condiciones de la póliza de seguro y también consultar con la aseguradora o su intermediario de seguros, en su caso.
  • Deje inmediatamente el informe policial del accidente en el seguro del automóvil.
  • Entrega de cotizaciones o cotizaciones, entrega de cupones, recibos, cupones, etc. solicitar reembolso de gastos médicos.

Asimismo, las aseguradoras deben cumplir con obligaciones, algunas de las cuales son:

  • Informar al asegurado de la liquidación de la cobertura del siniestro.
  • Poner a disposición del asegurado el valor indiscutible de la indemnización solicitada.
  • Evaluar responsablemente los riesgos que corren.
  • Emitir el contrato y entregarlo al asegurado individual y al asegurado colectivo.
  • Responder a las comunicaciones escritas.

Los intermediarios de seguros también deben cumplir con determinadas obligaciones, algunas de las cuales son:

  • Notificar al promotor por escrito cuando la empresa rechace o cambie el riesgo propuesto.
  • Avisar al asegurado durante el período de suscripción, vigencia y terminación del seguro.
  • Informar a la aseguradora sobre la identidad del asegurado, así como la existencia y ubicación del riesgo.

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  1. vorbelutrioperbir dice:

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